Superficie o área construida.
Según el Manual de Procedimientos y Lineamiento en Valuación Inmobiliaria. (Aplicable a Valuación Fiscal y Catastral en la Ciudad de México).
Superficie Construida:
Es la manifestada en la respectiva licencia de construcción más ampliaciones en su caso, o la que se obtenga de planos arquitectónicos aprobados por autoridad competente. En su ausencia la superficie de construcción se determinará mediante levantamiento realizado y se calcula con la suma total de áreas cubiertas o techadas del inmueble, medidas a paños exteriores de los muros perimetrales y descontando los huecos verticales que estén descubiertos.
Cálculo del área construida:
a) Se identifican las áreas cubiertas o techadas y se miden a partir de los paños exteriores y con la configuración que tenga el inmueble.
b) Se identifican por cada nivel o piso los huecos verticales descubiertos, se calcula su área tomando mediciones a paños interiores del hueco.
c) Del área en metros cuadrados (m²) obtenida en el numeral a) se resta el área concerniente al numeral b).
d) Por último se suman todas las áreas construidas por nivel o piso para establecer el área construida del inmueble valuado.
e) Las áreas construidas podrán ser de un mismo tipo o de diversos tipos constructivos, por lo que el perito valuador deberá señalarlo.
f) Las marquesinas y volados se consideran dentro del 8%. (Estas áreas deberán representarse y señalarse en los planos o levantamiento realizado por el perito valuador)
CUANTIFICACIÓN DE SUPERFICIES DE INMUEBLES SUJETOS A RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO.
Área privativa. –
Es el área utilizada por un solo condómino propietario y que en ningún momento comparte para circulación, acceso o salida del edificio, se calcula con la suma total de áreas cubiertas o techadas del inmueble, medidas a ejes o paños exteriores de los muros perimetrales según aplique y descontando los huecos verticales que estén descubiertos.
Cálculo del área de uso común:
a) Se identifican por cada nivel o piso las áreas de uso común, se calcula su área tomando mediciones a paños interiores del área.
b) Se calcula el área de uso común del inmueble.
c) Se identifican las áreas de uso común del condominio, que son las áreas que proveen servicios a los condóminos, se calcula su área tomando mediciones a paños interiores de muros.
Según las Reglas de Carácter General emitidas por la Sociedad Hipotecaria Federal. (Aplicable a valuación comercial para Crédito Hipotecario).
Superficie Construida:
Definida por el perímetro de la cara exterior de los muros exteriores y de los muros de áreas comunes; o de la medida a eje tratándose de colindancias hacia áreas privativas.
Quedan fuera de esta definición las áreas utilizadas como terrazas, patios cubiertos, estacionamientos cubiertos y, en su caso, construcciones provisionales.
Superficie accesoria.
La relativa a elementos como terrazas, patios y estacionamientos cubiertos y cuartos de servicio construidos con elementos provisionales. Quedan fuera de esta definición los elementos que no cuenten con estructura permanente.
Áreas y elementos adicionales.
Se deberán describir las instalaciones especiales y obras complementarias, por separado de las construcciones, incluidas en este apartado cocinas integrales, sistemas de calefacción y de aire acondicionado, tanque de gas estacionario, elevadores, así como los elementos integrados de manera permanente al inmueble que requieran de obra civil, como bardas y cisternas. Para el caso de las áreas y Elementos comunes se calculará conforme a su indiviso.
Huecos verticales descubiertos.
Son aquellos que forman parte del inmueble sin estar cubiertos; tales como: áreas ajardinadas, patios, cubos (tiros) de luz y/o de ventilación entre otros. Se miden a paños interiores del mismo hueco.